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jueves, 12 de agosto de 2021

Foro Hatillano#216. "Seguridad Jurídica y Violación de Derechos Humanos en Venezuela, una visión humana y una visión legal". 12 de Agosto 2021

 

SEGURIDAD JURÌDICA Y VIOLACIÒN DE DERECHOS HUMANOS EN VENEZUELA: UNA VISIÒN HUMANA Y UNA VISIÒN LEGAL



Ponentes: - Omar Mora Tosta. Abogado especialista en Ciencias Penales y Criminológicas. Defensor de Derechos Humanos. Experto en Derecho Penal Militar.

 - Ing. Freddy A. Guevara. "El papá de Freddy". Emprendedor. Consultor Gerencial. Profesor. Vecino de El Hatillo.


Dr. Omar Mora Tosta

 Omar Mora se pregunta si existe o no seguridad jurídica en Venezuela, si se respetan o no los Derechos Humanos (DDHH), a través de una evaluación de lo ocurrido en el país en los últimos 20 años, donde se ha afectado todo lo que tiene que ver con la institucionalidad trayendo como consecuencia una situación con la sensación de que no hay adonde acudir para que los ciudadanos hagan valer sus derechos.

 En efecto, desde sus inicios el régimen ha "confiscado" los DDHH a través de la utilización de los Poderes Públicos que le son afines y que obedecen a una línea de acción, en opinión del Dr. Mora.

 Una de las variables que define a un Estado Democrático es precisamente la separación de los Poderes Públicos cada uno de los cuales atienden el llamado constitucional para el cual fue creado y que, desde sus competencias, defiende y regulariza la relación con los demás poderes. Se sabe, por ejemplo, que la administración de justicia hoy en día no es imparcial, ni los jueces lo son, y cuando la justicia actúa no es objetiva y no puede cumplir su fin de dar a cada quien o que se merece, porque obedece a una parcialidad política o un deseo del poder del momento.

 Se ha ido deteriorando la calidad de vida del venezolano en virtud de que se ha desmontado el andamiaje institucional y se ha concentrado el poder en una sola autoridad de la cual se abusa, sometiendo a la población a este caos en el que se encuentra el país ; los ciudadanos son víctimas de una Crisis Humanitaria Compleja tal y como lo definieron las autoridades de la Organización de las Naciones Unidas que vienen investigando esta situación que por lo demás se viene agravando cada día más por la situación de pandemia por COVID19.

 El régimen ha ido cambiando la República por un Estado socialista/comunista, a pesar de que el pueblo venezolano en el año 2007 a través de un Referendum Consultivo, dijo NO a esta pretensión. Ignorando la voluntad de los venezolanos a través una Ley Habilitante, se creó una normativa, ilegal por ser contraria a lo establecido en la Constitución, para de manera subrepticia implantar el socialismo/comunismo en Venezuela.

 Todo esto se ha hecho a través de los Poderes Públicos. El Poder Judicial en particular ha amparado la persecución de la disidencia produciendo en todos los estratos sociales lo que se conoce como "Sentencias Ejemplarizantes" para así evitar que los ciudadanos protesten y ejerzan sus derechos (como por ejemplo la protesta pacífica que es un Derecho Humano).

 Manifestar desacuerdo, hoy en día en Venezuela es un riesgo porque las personas pueden ser detenidas, procesadas y hostigadas por los organismos de seguridad del régimen, sin distingo alguno: jóvenes, amas de casa, gremios, y últimamente a los diputados de la Asamblea Nacional democrática que es el órgano que tiene legitimidad en estos momentos en el país.

 La Asamblea Nacional democrática en su funcionamiento fue atacada por el régimen con el fin de anularla; han sido procesados varios diputados sin respetar el debido proceso ni el derecho a la defensa, además sin respetar el fuero que le otorga el art.200 de la Constitución que versa sobre la inmunidad parlamentaria que es respetada en el mundo entero. Sin embargo, a pesar de este panorama, muchos venezolanos continúan pronunciándose.

 En los años 2014 y 2017, ante las protestas, el régimen llegó al extremo de usar la Justicia Penal Militar para perseguir a la disidencia civil, práctica proscrita internacionalmente. Ante este hecho se han pronunciado los organismos protectores de los DDHH regionales como la Comisión Interamericana de DDHH, y mundiales como el Consejo de DDHH de la ONU, quienes han dado cuenta, a través de las investigaciones realizadas por expertos del Alto Comisionado de DDHH y por la Comisión de Verificación de Hechos, y colocaron a Venezuela en el "ojo del huracán" en cuanto a la violación de DDHH.

 En relación al proceso en la Corte Penal Internacional (CPI), este organismo actúa cuando existen fundados indicios de que se cometen crímenes de Lesa Humanidad establecidos en el Estatuto de Roma. Los defensores de DDHH, de presos políticos y familiares de las víctimas de la represión a lo largo de estos años, se han dado a la tarea de visibilizar esta situación hasta que la comunidad internacional volteó su mirada a Venezuela y entendió lo que aquí ocurre. El conjunto de denuncias recogen las atrocidades que el régimen ha cometido en contra de la sociedad civil desarmada a lo largo de estos años para evitar el legítimo derecho a la protesta pacífica, generando una campaña de terror y persecución para conservar el poder que ejercen de manera arbitraria.

 Finalmente, la comunidad internacional se preocupó, se activó y acompañó ante la CPI, a través de varios Estados que presentaron denuncias acerca de las violaciones sistemáticas de los DDHH y de la posibilidad de que se evaluara que en Venezuela se cometen Crímenes de Lesa Humanidad. Este es un proceso largo pero la tecnología y la globalización han permitido la obtención de muchos testimonios comprobables y la documentación en tiempo record de lo ocurrido en materia de violaciones de los DDHH en Venezuela, e incluso percibirse una sistematicidad de tales hechos como una Política de Estado.

 Todos los casos que han sido documentados son de una contundencia tal que la Fiscalía ante la CPI saliente dejó un documento a su sucesor expresando su punto de vista acerca de lo que debería ocurrir con el caso de Venezuela, vale decir, pasar a otra instancia de investigación dentro del esquema de fases que se maneja dentro de la CPI.

 La Fiscalía considera que hay méritos suficientes para el pase de una fase a otra para el enjuiciamiento de los Crímenes de Lesa Humanidad en Venezuela y da por sentado el hecho de que existe la "complementariedad" del tribunal con respecto a los tribunales venezolanos actuando de manera "subsidiaria", porque se percibe que en Venezuela no hay justicia ni se investigan estos casos para encubrir a la cadena de mando de los responsables de estos hechos, en opinión de Mora.

 La detención del diputado Freddy Guevara se inscribe en un capítulo más de estas violaciones sistemáticas a los DDHH que se han vivido en Venezuela. El modus operandi que se le está aplicando es el mismo aplicado a otros diputados y otros disidentes en el país. Se ha establecido en la sistematicidad de estos actos por parte de las instituciones protectoras de los DDHH a nivel mundial, que existe un patrón de conducta del régimen para perseguir, a través de detenciones arbitrarias y desapariciones forzadas. Una persona puede ser privada de su libertad solo si existe una orden judicial en su contra o si está cometiendo un delito y se le sorprende en flagrancia.

 En el caso de Freddy Guevara no existe ninguna investigación que arrojara elementos de convicción suficientes para soportar un caso en su contra. Aún en estas circunstancias, el diputado aboga por una salida democrática no violenta a través de comicios con condiciones garantizadas por la comunidad internacional. Esta postura de Guevara dista mucho de lo que le imputan en el expediente con 3 delitos muy graves de los cuales no hay ningún elemento de convicción ni prueba que lo sustente.

 Los delitos en cuestión son: traición a la patria sin que exista ningún conflicto formal con ningún país, asociación para delinquir y financiamiento al terrorismo, todo esto a través de supuestas pruebas muy cuestionables y tratando de crear una matriz de opinión de que la oposición venezolana es la que ha dotado de armar a las bandas delictivas que hostilizan a la población, lo cual es una acusación absolutamente infundada.

 Además, no se le ha respetado el debido proceso ni el derecho a la defesa, lo mantienen incomunicado de sus abogados quienes tampoco han tenido acceso al expediente; en fin, una violación sistemática a sus DDHH.

 El caso del diputado Guevara es una muestra más de los hechos investigados por la Fiscalía ante la CPI que evidencian una política de persecución a la disidencia, detenciones arbitrarias, desapariciones forzadas, torturas, tratos crueles e inhumanos y asesinatos, utilizando la administración de justicia para perseguir. No son hechos casuales sino que se perciben como una política de Estado. En Venezuela no solo se violan los DDHH sino que se cometen Crímenes de Lesa Humanidad, según el art.6 del Estatuto de Roma. Se está usando el poder para perseguir y las instituciones llamadas a proteger a los ciudadanos hacen totalmente lo contrario. Se imputan siempre los mismos delitos.

 La situación es compleja porque las instancias protectoras de los DDHH se han venido pronunciando y el caso del diputado Guevara es una muestra inequívoca de que continúan cometiéndose tropelías a los DDHH en el país y se sigue hostigando a quienes piensan distinto, bajo premisas absolutamente falsas, sin haber cometido ningún delito.

 Freddy Guevara representa a casi 300 presos políticos, entre civiles y militares, quienes no han cometido delito alguno y están presos por pensar distinto o por mantener principios contemplados en el ordenamiento legal vigente.

 La sistematicidad de los casos da cuenta de que en efecto es una política de Estado en la que se usa el poder para reprimir a la población en el ejercicio de sus DDHH contemplados no solo en la Constitución sino en tratados internacionales que Venezuela ha suscrito y tienen rango de ley.

 Algunos se preguntan: Si no hay justicia en Venezuela, ni instituciones que defiendan la constitución ni los tratados internacionales suscritos por Venezuela, ¿por qué muchos persisten en quedarse, en luchar por el recate de la democracia y de la institucionalidad? Por todos los venezolanos, los que se fueron y los que quedaron, por los hijos, los nietos, para construir un país mejor con instituciones serias, separación de poderes públicos a través de la cual llegará la justicia, la seguridad jurídica, la inversión y el progreso.

 En opinión del Dr. Mora se ha avanzado en la tarea del rescate del país pero se debe continuar, cada quien desde su área de influencia, para lograr los cambios estructurales necesarios, conjuntamente con la comunidad internacional que ha prestado un gran apoyo en el rescate de Venezuela, de su libertad y su democracia.

 La lucha no está perdida....hay mucha gente valiosa en todas las áreas que trabajarán para sacar al país adelante.

 Ing. Freddy A. Guevara.

 Se refirió al lado humano de esta situación, cómo afecta a la familia venezolana y en particular, a la familia de los presos políticos que actualmente son cerca de 300. Es importante que las personas entiendan lo que está ocurriendo y cómo se sienten los afectados que también padecen estas violaciones anteriormente explicadas.

 Para la fecha Freddy Guevara lleva 1 mes detenido de forma injusta y violándole todos sus derechos.

 Freddy Guevara padre explica el sentir de los familiares de todos los presos políticos de Venezuela e identifica 4 etapas por las que pasan las familias en esta situación desde el momento de conocer la detención.

 -Reacción ante la noticia de la detención del familiar: se vive una gran angustia por no tener certeza del paradero del familiar. Se recibe una notificación de la detención sin mayores detalles y luego de muchas horas es que se conoce el sitio de la reclusión. Estos momentos de desesperación buscando información ante las autoridades, esperando una respuesta, son vividos por los familiares en esta situación. Los que pueden buscan un abogado que los asesore y oriente.

 -Qué hacen los familiares una vez concluida la presentación preliminar: deben averiguar el régimen de visitas, proveerlos de artículos de primera necesidad y alimentos. Muchas veces los familiares también son víctimas de maltrato por parte de las autoridades cuando los dejan esperando muchas horas antes de poder ver a su familiar detenido. También ocurre que detenidos del interior son trasladados a Caracas obligando a los familiares a trasladarse, con los problemas que esto acarrea en términos financieros y de logística. Otro aspecto tiene que ver con la campaña de información para visibilizar el caso porque solo en la medida de que la comunidad internacional y nacional conozca la situación de detención arbitraria, se puede esperar un mejor trato hacia el detenido.

 -Proceso de juicio, si es que ocurre: en la presentación preliminar normalmente no se le permite al detenido tener un defensor privado sino que le asignan uno público hasta el juicio, lo que impide preparar la mejor defensa posible del detenido.

 Todos son juicios políticos.

 -Daño ocasionado a la familia por la detención de un familiar en términos psicológicos y financieros.

 No es delito luchar por la libertad, pensar diferente y querer un país mejor. Muchos de los presos políticos son jóvenes que aman al país y desean un cambio para tener una mejor calidad de vida.

 Para Freddy A. Guevara la solidaridad con los presos políticos es un tema importante; no se les puede dejar solos, hay que hacerlos visibles, difundir los casos.

 Por último, pide fortaleza a la población y a su hijo, mantenerse firme en sus valores y principios. El diputado Freddy Guevara aboga por el Acuerdo de Salvación Nacional para la búsqueda de una salida NO violenta a la crisis. También pide orar por Venezuela y por la libertad de los presos políticos e invita a todos a elevar una oración todos los días a las 9 pm.

 

NOTA: al momento de realizar este resumen, ya ha sido liberado el diputado Guevara.

EL FORO HATILLANO NO SE HACE RESPONSABLE POR LAS OPINONES EMITIDA POR LOS PONENTES.

Con la participación de 214 ciudadanos.




Fecha: jueves 12 de agosto de 2021

Hora: 5:00pm

 CUPO LIMITADO a través del siguiente enlace:

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Pedagogía Ciudadana para formar y transformar

jueves, 8 de julio de 2021

Foro Hatillano#211.La Desinformación como Arma de los Regímenes Autoritarios. Foro Chat Whatsapp.Jueves 08 de Julio de 2021

 



LA DESINFORMACIÒN COMO ARMA DE LOS REGÌMENES AUTORITARIOS


Por: Marielena Escalona

Ponente: Mery Mogollón Raga.

Licenciada en Comunicación Social (UCV). Maestría en Historia de las Américas (UCAB).

Corresponsal especial en Caracas de la S&P Global Platts y del periódico Los Angeles Times (Estados Unidos).


Mery Mogollón compartió en este foro sus ideas, opiniones y parte de su experiencia en este difícil tema del acceso a la información; ha sido reportera gran parte de su trayectoria profesional porque dedica gran parte de su tiempo a buscar, comprobar y verificar información a través de fuentes confiables y creíbles.

 La desinformación como arma de los regímenes autoritarios es un tema polémico, político e ideológico y no es algo nuevo. "... fuimos los primeros en afirmar que, conforme la civilización asume formas más complejas, más tiene que restringirse la libertad del individuo." frase atribuida a Benito Mussolini quien profetizó el ejercicio dictatorial de controlar lo que dicen y piensan los ciudadanos. Otros dictadores no solo siguieron su ejemplo sino que mejoraron sus técnicas.

 Son muchos los ángulos que se pueden encontrar en torno a los aspectos básicos del control que el Estado ejerce sobre las palabras que los ciudadanos dicen públicamente, siendo un derecho universal que se resume en los postulados de la Libertad de Expresión, la Libertad de Prensa, la Libertad de Información, por supuesto sin caer en los terrenos vedados por la ley.

 La Ley y la Opinión Ciudadana conforman un tema complejo. ¿Qué dice la Ley con respecto a la Libertad de Expresión? La Declaración de los Derechos del Hombre de 1789 señala: "...la libre comunicación de pensamientos y de opiniones es uno de los derechos más preciosos del hombre; en consecuencia, todo ciudadano puede hablar, escribir e imprimir libremente, a trueque de responder del abuso de esta libertad en los casos determinados por la ley".

 Otra fuente importante, la Convención Americana sobre los Derechos Humanos, establece lo siguiente: "Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento y de expresión; este derecho comprende la libertad de buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de toda índole sin consideración de fronteras, ya sea oralmente, por escrito o en forma impresa o artística o por cualquier otro procedimiento".

 En Venezuela, las garantías para la libertad de información, libertad de expresión, el derecho al acceso a la información pública, el derecho de honra y a la reputación, están consagrados en los artículos 51,57,58,60,61,143 y 337 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. Estas disposiciones se corresponden con los fundamentos en esta materia establecidos por los artículos 19 y 20 del Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos. Estas libertades siempre han sido un derecho fundamental pero en la práctica, para el ciudadano no ha sido fácil ni seguro defenderlas. La Lic. Mogollón abordó el ángulo del acceso a la información pues es la piedra angular para el ejercicio de estos derechos.

 Sin información estamos imposibilitados para tomar decisiones oportunas ya sean  personales, económicas o de cualquier índole y hasta para formarnos y emitir opiniones; por esto es tan importante tener acceso a información verdadera, confiable y actualizada. Ejercer el control ciudadano sobre los gobernantes es simplemente imposible, no se puede ir más allá de lo que los gobernantes quieran informar cuando deciden hacerlo (esto aplica para el partido de gobierno como para la oposición). Sin información no se puede ejercer la libertad de expresión.

 Manifestar públicamente nuestras ideas puede conducir a un mundo de sombras y represión, si esas ideas se expresan sobre la base de información errónea o que no es cierta. La movilización en defensa de los derechos se ve imposibilitada porque da inseguridad y hace perder la brújula.

 Informar al entorno sobre aspectos que interesa compartir también se ve imposibilitada. Si no se maneja información cierta no se puede compartir con familiares, amigos, relacionados, socios, etc. El ciudadano está desprotegido en cuanto a la información oficial requerida para la toma de decisiones.

 Otro aspecto que afecta realmente a los ciudadanos es que se ha minado la confianza en la credibilidad hacia periodistas y medios de comunicación que son la primera línea de defensa de los derechos fundamentales y está herida de muerte, no solo porque informar la verdad se ha convertido en un negocio sin rentabilidad sino porque no parece existir la intención de mejorar la calidad y la cantidad de la información.

 ¿Cómo se limita el acceso ciudadano a la información? 

 El repertorio es inmenso. Por una parte, están los métodos tradicionales: censura, juicios por difamación, alegatos de privacidad, han sido prácticas comunes del Estado para suprimir el material informativo moral y políticamente inconveniente. También la creación de leyes restrictivas (desde la ley resorte hasta la ley antibloqueo), control estatal directo e indirecto de los medios de comunicación, persecución y encarcelamiento no solo de periodistas sino de cualquier ciudadano que intente expresarse libremente, propaganda política intensa, aunque ya no tan convincente.

 También hay métodos no fácilmente visibles como, por ejemplo, la limitación para el acceso a la internet ya sea por mala señal, altos costos, baja cobertura o la suspensión del servicio en momentos críticos, también el bloqueo de página y de sites que no son convenientes para los regímenes, inexistencia de presentación de resultados otrora sana práctica de instituciones y organismos. No hay cifras oficiales actualizadas, la data oficial está muy distante en el tiempo además de seriamente cuestionada en cuanto a la forma como se ha construido la misma. No hay ni confirmación ni negación de la información, las ruedas de prensa ahora son selectivas y controladas siendo el funcionario cada vez más distante del escrutinio público.

 Para Mery Mogollón, la mayoría de los medios de comunicación de Venezuela le han dado la espalda al ciudadano y a su principal obligación la cual es informar veraz y oportunamente.

 El auge de las Redes Sociales ha perfeccionado los métodos para mantener desinformado o sub informado al ciudadano a través de la misinformaciòn o información falsa o inexacta que pretende engañar, también la post verdad o distorsión de la realidad hecha de forma deliberada, fake news o información mostrada con la intención de que parezca auténtica pero que es una falsificación o imitación de la realidad. Información falsa, mala y tardía comunicación de datos, manipulación de datos, divulgación de datos erróneos o parciales, medios de comunicación, editores, tuiteros y periodistas que difunden información no confirmada, con datos erróneos o sin datos de cómo obtuvo la información.

 Algunas de estas prácticas no son exclusivas del Estado sino que se han convertido en un hábito en sectores políticos y empresariales.

 ¿Qué debe hacer el ciudadano para mantenerse informado?

 No es tarea fácil. Lo primero, a juicio de Mogollón, es la elección de gobernantes con demostrada vocación de transparencia y rendición de cuentas; asimismo, debe promover la independencia, recuperación y fortalecimiento de los organismos controladores del Estado e impulsar leyes que garanticen a la población el acceso oportuno a la información para lo cual es vital elegir a miembros para la Asamblea Nacional que sean consistentes con sus ideas y con los intereses de los ciudadanos.

 El ciudadano también debe promover la selección de funcionarios públicos (de cualquier nivel) por concurso abierto de credenciales y no por amiguismo o compromisos financieros, familiares o políticos. Promover leyes que obliguen al Estado a rendir cuentas a los ciudadanos, a actualizar constantemente la data econòmica, financiera, social, demográfica y de contrataciones públicas. El ciudadano tiene que ser responsable al buscar información creíble y confirmarla para lo cual debe ir a la fuente original de la misma y si no existe, demandarla.

 Las Redes Sociales y el universo de la internet tienen ventajas y desventajas. Entre las ventajas es que es posible tener acceso directo a los gobernantes a través de las Redes Sociales .

 Los ciudadanos deben organizarse para mantenerse informados en torno a los temas que le son prioritarios y vitales, así como solicitar de los organismos oficiales las respuestas oportunas a sus problemas e inquietudes. En el mar de internet también hay mucha basura que el ciudadano debe evitar.

 Todas estas tareas implican insistir y perseverar en la búsqueda de la información, aunque sea difícil.

 Finalmente Mery Mogollón concluye que los métodos que restringen las libertades del ciudadano se han extendido y perfeccionado; ahora más que nunca son el verdadero enemigo de las libertades del individuo. El acceso a la información es un derecho que debemos ejercer y defender como ciudadanos. La desinformación afecta a todos en todos los aspectos de la vida y se ha convertido en una tendencia mundial.

 Quien maneja la información tiene poder pero quien la controla, puede manipular a las masas.




Fecha: Jueves 08 de julio de 2021

Hora: 5:00pm

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Pedagogía Ciudadana para formar y transformar


jueves, 13 de mayo de 2021

Foro Hatillano#204.Foro Chat Vía Whatsapp. Jueves 13 de Mayo de 2021



EL ESTADO SOCIAL vs EL ESTADO SOCIALISTA

Por: Marianela Escalona Montesinos

 Ponente: Luis Alberto Petit Guerra. Doctor en Derecho Constitucional (Universidad de Sevilla.Ph.D en Justicia Constitucional (Universidad de Pisa).Profesor de la UMA.Ponente Internacional y autor de varios ensayos en materia Constitucional

 La importancia del tema explica la nutrida participación de ciudadanos a través de dos chats simultáneos de WhatsApp, para un total de 320 asistentes en esta Edición No. 204 del Foro Hatillano.

  La intención del ponente es hacer una presentación descriptiva que invite a la reflexión sobre tan importantes nociones para nuestra vida democrática, política y constitucional. Para aproximarse al tema, Luis Petit hace un breve recuento histórico para resaltar que la primera construcción constitucional de la noción Estado Social de Derecho aparece en tierras americanas en Querétaro, México en 1917. Dos años más tarde pero en Europa se da un proceso similar con la Constitución de Weimar donde también se escribe la noción de Estado Social de Derecho. Con pocos años de diferencia y con 2 concepciones políticas totalmente distintas en su entonces, se fueron construyendo los primeros cimientos de los Estados Sociales de Derecho que evolucionaron hacia distintos tipos de Estados Sociales.

  En sus inicios, las democracias, siempre imperfectas, habían excluido a una gran mayoría de la población de su derecho al voto (trabajadores, campesinos, las clases más débiles) frente al status quo político. Estos necesitaban una representación en el parlamento, que no tenían, y se lograron cambios constitucionales en sus respectivos países.

  Independientemente de que el curso de estos Estados Sociales incipientes no fueron duraderos ni exitosos, más adelante, luego de que los regímenes comunistas, fascistas y nazistas, en el contexto de la II Guerra Mundial que generaron tantos muertos, tantos enfrentamientos por el fanatismo ideológico y radicalismo excluyente de la pluralidad, fueron gestándose nuevas formas de Estados Sociales. En Europa hay Estados Sociales de Derecho en Alemania, Austria, Francia, Italia, Suiza, Grecia, España y Portugal, y en América hay Estados Sociales de Derecho en Colombia, Brasil, Perú, Paraguay, México y Venezuela.

  Esta noción histórica ayudará a distinguir entre Estado Social de Derecho, Estado de Derecho y Estado Socialista, que son nociones absolutamente distintas y a veces se interpretan de manera errada. Hay que tomar en cuenta entonces que al referirse al sistema constitucional, el Dr. Petit se refiere a la existencia de un todo y no necesariamente a la noción "express" de Estado de Derecho.

  Por ejemplo, la Constitución francesa de 1958 y la italiana de 1947 presentan un sistema que se inscribe dentro de los Estados Sociales de Derecho a pesar de que expresamente no se menciona de forma literal en ninguna de ellas.

 Estos Estados Sociales de Derecho se diferencian de los Estados de Derecho clásicos, liberales; no es uno mejor que el otro sino que implica una superación del Estado de Derecho sin eliminar sus principios básicos de división de poderes, del principio de legalidad (todo está regido a través de un orden jurídico previsto por órganos establecidos en los Parlamentos o Asambleas mediante el voto), y además donde se suscriban una serie de principios y derechos fundamentales.

 Estados Sociales de Derecho son aquellos Estados de Derecho, siempre. Viene a ser la siguiente etapa del Estado de Derecho donde se han intervenido los sistemas para darle participación a aquellas minorías que, en su oportunidad, no tenían participación en los Parlamentos y además, para intentar adaptar algunos elementos del Estado de Derecho en la modernidad. Es allí donde los Tribunales de Justicia adquieren una importancia capital, con autonomía, independencia, para controlar el poder político, clave para la vigencia del Estado Social de Derecho.

 En el caso de Venezuela, la doctrina constitucional nacional subraya que es probable que en las Constituciones de 1947 y 1958, pudieran encontrarse elementos propios del Estado Social de Derecho; sin embargo, en el período de la Democracia formal existía una "aparente" intención de estudiar y debatir acerca del Estado Social de Derecho a nivel constitucional, antes de como se la conoce actualmente. Hubo proyectos para una virtual reforma del Estado como lo fue CORDIPLAN que por diversas razones no llegaron a feliz término ya que las élites políticas de entonces decidieron no darle lugar a un proceso constituyente que aparentemente era necesario en su oportunidad.

 Los supuestos antecedentes de 1947 y 1958 del Estado Social de Derecho, se concretaron con la Asamblea Nacional Constituyente celebrada con la llegada del nuevo grupo político imperante, cuando promueve un cambio constitucional que se materializó con la Constitución de 1999, donde se inscribe expresamente la noción de Estado Social de Mercado y se le agrega la coletilla "y Justicia" en su artículo 2.

  Lo que ocurrió después es que los actores políticos interpretaron o, más bien, malinterpretaron o manipularon estos conceptos a conveniencia del contexto político. Es necesario entender que la descripción de Estado Social de Derecho y de Justicia debe hacerse en un clima dentro de una Democracia plural y, por supuesto, en sintonía con las mismas construcciones de América y Europa, que el ponente mencionó anteriormente. Es decir, Estados Democráticos de Derecho, que superan al Estado clásico liberal incorporando a nuevos actores, nuevos protagonistas, sin dejar la importancia de los Partidos Políticos, pero permitiendo activarse a la Sociedad Civil a través de mecanismos varios como refrendarios y consultivos. Además, la Sociedad Civil se incorpora a la vida política no partidista cuando activa acciones colectivas judiciales ante los órganos independientes autónomos, para exigir determinada política o revisión de una determinada política de Estado. Por estas razones es tan importante entender, racionalizar y digerir este tema por parte de la Sociedad Civil plural.

  Cuando un Estado de Derecho clásico liberal partía de la premisa de que una supuesta igualdad se daba en el Parlamento de aquellos que tenían acceso al mismo, a los grupos que eran representados y donde se basaba la premisa de la máxima libertad posible a los particulares, la mínima intervención posible del Estado para que, precisamente, cada particular pueda desarrollar sus voluntades y aptitudes, en un Estado Social de Derecho se plantea o se configura la idea de que el Estado no puede ser inerte al cambio y que tiene que inscribirse una nueva forma de Estado; un activismo estatal visto desde 2 premisas: Un Estado activista desde lo prestacional (no un Estado mínimo liberal) que gestione recursos públicos para cumplir con aquellos derechos sociales fundamentales: salario mínimo vital, pensión vital, salud, educaciòn, etc. Por otra parte, este Estado activista debe incorporarse en lo que en Europa se llama "Economía Social de Mercado". El Estado Social, entonces, recepta los elementos del Estado de Derecho pero incorpora este Estado activista que propende los fines sociales hacia la justicia social.

  Muchas veces el término social es manipulado en el discurso y a veces, por prejuicios, no se comprende el real contenido del término "social". Cuando se habla de Estado Social, se refiere a un Estado respetuoso de la propiedad privada, que invita a la iniciativa privada para generar suficiente seguridad jurídica y, al mismo tiempo, el Estado debe coadyuvar, junto con el capital privado, en la generación de riquezas y bienestar común... no pobreza. Esta riqueza es para producir suficiente seguridad jurídica para que haya mayor inversión, más puestos de trabajo, para que el Estado no sea el único prestador de servicios, sino que coadyuvará con la empresa privada, comerciantes, industriales y productores, para crear el capital privado necesario para producir la mayor suma de riqueza y bienestar posibles. Todo esto con límites dentro de un libre mercado para evitar monopolios, ataques al ambiente y otro tipo de desviaciones que el sesgo de un mercado puede generar.

  Entonces, el Estado Social es un Estado que supera al Estado de Derecho pero que no puede considerarse ni confundirse con un Estado Socialista que lo que persigue es monopolizar los medios de producción, ya no es el capital privado el que crea riquezas para generar puestos de trabajo y bienestar colectivos, sino que el Estado monopoliza esa estructura del sistema polìtico-econòmico.

 En este sentido, se trata de un Estado que no puede entender la propiedad privada como un derecho fundamental, ni tampoco le interesa darles beligerancia a los trabajadores porque, bajo un Estado Socialista, los trabajadores deben ganar lo mínimo posible. Es un sistema que no propende a la extensión de la riqueza entre la mayoría sino más bien, que el Estado determina tanto los medios de producción como la plusvalía que tendrá cada producto y servicio, siendo el mismo Estado el que establece el salario mínimo para cada trabajador, evitando así la oferta y demanda y evitando además que la propiedad, núcleo fundamental de todo capital privado, también haga el mismo propósito como derecho social, entendida la propiedad como el salario que devenga el trabajador por su trabajo.

 El Estado Socialista va en detrimento de la propiedad privada en general tanto del productor como del salario como un poder del trabajador. He aquí el por qué es distinta y contraria la noción de Estado Social de Derecho y Estado Socialista.

 El Estado Social de Derecho como fue concebido en el texto constitucional. al menos en teoría lo es, y siguiendo las tendencias europeas y americanas, debe ser aquel donde la propiedad privada tenga, en rigor, una protección especial y a su vez que incorpore un proyecto de derechos fundamentales materializables en la práctica, exigidos a los órganos de acción política (gobierno y parlamento) y si éstos no cumplen con la acción política e incurren en omisiones, existen los mecanismos jurisdiccionales con órganos autónomos para que se los pueda interpelar, exigir, demandar, hacer valer y materializar esos derechos fundamentales establecidos en la Carta Magna.

  Lo que históricamente ha sucedido ha sido un Estado Social "teórico" que no ha tenido un cumplimiento real en la práctica por el desvío ideológico hacia un supuesto Estado Socialista que no está prescrito en la Constitución vigente.

 Conclusiones finales, jamás definitivas por la naturaleza dinámica del tema:

  - Algunas intervenciones gubernativas y legislativas en las Constituciones de 1961 y 1947, según algunos investigadores venezolanos, podrían tener el germen del Estado Social de Derecho.

 - Desde el punto de vista expreso, la recepción de la categoría Estado Social de Derecho solo ocurrió desde la concepción de la Constitución de 1999.

 - La categoría Estado Social de Derecho forma parte de una generación histórica que se ha prolongado en la modernidad en varios Estados de Europa y de América.

 - El Estado Social de Derecho pretende, sin superar al Estado de Derecho del cual recepta sus principios fundamentales, adaptar nuevos elementos a través de los cuales, en un Estado activista desde lo prestacional, para generar servicios básicos fundamentales. Además, un Estado activista para coordinar y no competir con el capital privado para generar la mayor riqueza y bienestar posibles.

 - Es importante recordar que en el año 2007 fue promovida una reforma constitucional donde se le consultó al pueblo, que es el verdadero soberano, si quería o no un Estado socialista y el resultado de esa consulta fue una negativa a la propuesta.

 - Respetando los diferentes puntos de vista de quienes tienen militancia, inclinación o afecto por alguna ideología política, Luis Petit considera que en Venezuela no ha habido, desde 1958 hasta hoy, una verdadera construcción de Estado Social de Derecho, sino una Constitución fachada muy alejada del cumplimiento de los estándares altos de convivencia.

  Ni el Estado socialista se encuentra dentro del Estado Social de Derecho ni tampoco puede encontrarse como consecuencia de él. Tampoco puede afirmarse que el Estado socialista se encuentra en el espíritu de la Constitución de 1999 y sus reformas; por ende, si el Estado socialista es una invención fuera de la Constitución, en opinión del Dr. Petit, entonces también el Estado comunal está fuera de la arquitectura constitucional que el propio constituyente generó en 1999.

  La Constitución es un libro de la pluralidad, no de los radicalismos ideológicos ni los fundamentalismos de extremos. La pluralidad inmersa en la Constitución debe permitir la convivencia de todos, el respeto de valores democráticos y la dignidad humana, pero sobre todo, el respeto de la sociedad civil que es la que recibe los errores y aciertos de la acción política estatal. Un Estado se predica desde la necesidad de una Sociedad Civil.

 Luis Petit invita a la Sociedad Civil a seguir construyendo sociedad, construyendo país, paso a paso, y cree que para activarse hay que informarse y formarse acerca del alcance y las obligaciones que tienen tanto aquellos a quienes elegimos para ejercer el gobierno y el parlamento, como de los ciudadanos aprendiendo del contexto de los derechos fundamentales que lo asisten, para ver con más facilidad cuando un discurso político es maniqueo o manipulado. Los ciudadanos deben organizarse políticamente para intentar acciones judiciales colectivas y demandas ante los organismos competentes y usar los medios posibles para generar ideas, propiciar debates siempre respetuosos de la pluralidad.

 

 EL FORO HATILLANO NO SE HACE RESPONSABLE POR LAS OPINIONES EMITIDAS POR EL PONENTE.

 

 




Fecha: Jueves 13 de mayo de 2021

Hora: 5:00pm 

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