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domingo, 25 de julio de 2021

Construyamos juntos un muro de contención Des-Comunal para Caracas

 


Por Manfredo González

“El futuro de la Revolución, el futuro de Venezuela, este ligado a la construcción de los nuevos órganos de poder de base, de democracia directa, de Poder Comunal”. Nicolás Maduro, 8 de abril de 2021.

“El gran problema aquí, es que el estado comunal es un estado distinto al Estado de Derecho y de Justicia que está previsto en la Constitución. El estado comunal no tiene base constitucional ni podrá tenerla nunca”. Dr. Juan Manuel Raffalli - Abogado Constitucionalista (https://www.youtube.com/watch?v=mehd9EmErMc&t=3s).


El mes de julio de 2021 marca el 454° aniversario de nuestra querida ciudad de Caracas, y sus habitantes recibimos este aniversario entre las balas disparadas desde y hacia los sectores del sur-oeste de la ciudad y las promesas oficiales de transformar a Venezuela en una especie de conglomerado de Estados Comunales cuya finalidad principal es la de construir una “instancia territorial y política del sistema de agregación comunal, donde los ciudadanos y ciudadanas fomentan los valores necesarios para la construcción del socialismo” (Art. 1 del Proyecto de Ley de las Ciudades Comunales).

Tal y como esta concebido este nuevo intento de violación a la CRBV sólo puede y debe recibir una respuesta contundente por parte de la sociedad civil organizada, de los gremios, organizaciones de base, partidos políticos de oposición, sindicatos y de todo el público en general:

“No estamos dispuestos a acatar ni a aceptar ninguna ley inconstitucional que procure destruir el Estado descrito en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela:

Artículo 2. Venezuela se constituye en un Estado democrático y social de Derecho y de Justicia, que propugna como valores superiores de su ordenamiento jurídico y de su actuación, la vida, la libertad, la justicia, la igualdad, la solidaridad, la democracia, la responsabilidad social y en general, la preeminencia de los derechos humanos, la ética y el pluralismo político.

Así mismo denunciamos que la Ley de las Ciudades Comunales aprobada en primera discusión en la Asamblea Nacional violenta una serie de artículos y enunciados de la CRBV, en particular el siguiente:

Artículo 16. Con el fin de organizar políticamente la República, el territorio nacional se divide en el de los Estados, el del Distrito Capital, el de las dependencias federales y el de los territorios federales. El territorio se organiza en Municipios.

Pero una arremetida como la que se está llevando a cabo por parte de las fuerzas del régimen de Nicolás Maduro y de los diputados electos en diciembre de 2020 requiere que nosotros los ciudadanos conscientes y defensores de la legalidad nos activemos más allá de la retorica y de los enunciados de un pronunciamiento público. Para poder enfrentarnos con alguna posibilidad de éxito a los abusos reiterados que vienen desde el poder nacional hacen falta dos condiciones básicas e indispensables: ORGANIZACIÓN E INSTITUCIONES.

Los ciudadanos hemos demostrado que cuando deseamos enfrentar de manera organizada cualquier intento de violencia institucional por parte de los organismos del Estado somos capaces de organizarnos y de enfrentarlos con energía. Sin embargo, lo que siempre nos ocurre es que no contamos con Instituciones establecidas dentro del Estado que defiendan los intereses de los ciudadanos y las leyes nacionales. La totalidad de los poderes públicos hoy en día están en manos de los defensores del régimen y son usados en contra de la ciudadanía para violentar leyes y reglamentos en beneficio de los usurpadores del poder.

Tenemos, sin embargo, la posibilidad de rescatar algunas instituciones que son de vital importancia en esta nueva lucha que se plantea; las Alcaldías, Concejos Municipales, Gobernaciones y Asambleas Legislativas Estadales. Son estas instituciones las llamadas a convertirse en ese gran muro de contención Des-Comunal para enfrentar el tsunami socialista que se pretende imponer. Este próximo 21 de noviembre tendremos la oportunidad, con unidad de propósitos y organización, de recuperar buena parte de esas instituciones que hoy están en manos del oficialismo.

Los partidos políticos de la alternativa democrática han caído de nuevo en el falso dilema de participar o no en esas elecciones. Si no hay unidad, da lo mismo participar que abstenerse, por lo cual es un falso dilema participar o no en las elecciones convocadas, que además están contempladas dentro de la CRBV. Frente a ese dilema les decimos:
Participar sin unidad es garantía de derrota. Abstenerse sin unidad también lo es.

Participar con unidad es seguridad de avance político.

Abstenerse con unidad podría ser un avance político si hay visión estratégica.

Lo importante no es participar o abstenerse, sino construir la unidad. Ello implica dejar de descalificar a los cercanos y enfocarse en debilitar al contrario. Hay muchas acciones comunes que podemos compartir todos los que deseamos que termine el gobierno autoritario. Si deciden participar como medio de resistencia al avance hegemónico del régimen, deben comenzar por seleccionar por cualquier método (primarias, acuerdos o encuestas) a las personas que nos van a representar como candidatos de la UNIDAD.

El llamado urgente es a la UNIDAD de objetivos y de métodos de lucha. El voto es la única herramienta que tenemos los ciudadanos para defender nuestros espacios democráticos, siendo los Municipios y los Cabildos los entes de gobierno más cercanos a la gente. No podemos permitir que esta arremetida comunal acabe con nuestras formas republicanas de gobierno, y son los
espacios municipales y regionales la mejor forma de defensa que podemos lograr.

lunes, 5 de julio de 2021

Cap. 3 ¿Qué hacer ante un gobierno que no le importa la Constitución?. Ciudades Comunales, nuevo Proyecto Autoritario. con el Dr. Juan Raffali

 

https://youtu.be/XutW5UDP0KY

En el marco de la 2da discusión en la Asamblea Nacional del Proyecto de Ley de Ciudades Comunales, Caracas Ciudad Plural en alianza con el Abogado Constitucionalista Dr. Juan Manuel Raffalli presenta una serie de videos informativos sobre la Ley. Es una serie de 19 videos cortos que aborda los aspectos mas importantes del Proyecto de ley y sus consecuencias. Esta serie es una contribución de Caracas Ciudad Plural y sus aliados para entender cómo nos afecta el Proyecto de Ley de Ciudades Comunales a los ciudadanos venezolanos.
Cap. 3 de 19
¿Qué hacer ante un gobierno que no le importa la Constitución?


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Para ver el Cap. 4 (siguiente), duración de 57 segundos, clic en el enlace:

Para ver el Cap. 2 (anterior), duración de 1 minutos 50 segundos, clic en el enlace:

domingo, 23 de mayo de 2021

Maduro propone «ciudades comunales» frente a los municipios autónomos por @EdilcarlosR_Ccs

Por Carlos Rodríguez

Hace dos meses (13 de marzo), el madurismo, a través de un exgobernador y exministro (Luis José Marcano) presentó en la Asamblea Nacional el Proyecto de Ley de ciudades comunales; instrumento de unos 95 artículos que de ser aprobado vaciaría a los 335 municipios autónomos de sus constitucionales y legales atribuciones, competencias y recursos financieros.

Este proyecto, aprobado según Maduro en diciembre de 2020 en su llamado Congreso de Los Pueblos, busca por vía de la Asamblea Nacional construir el Estado Comunal, el cual por ser contrario a nuestro texto constitucional fue rechazado por el pueblo en el referéndum de año 2007.

Basta con leer, tanto en la Exposición de Motivos como los artículos 1, 4, 5, 7, 8, 14 y 25, entre otros, que lo que el madurismo busca es vaciar a los concejos municipales autónomos y sus alcaldías de la soberanía y autonomía que le da la CRBV.

Artículo 16: «Con el fin de organizar políticamente la república, el territorio nacional se divide en el de los estados, el de Distrito Capital, el de las dependencias federales y el de los territorios federales. El territorio se organiza en municipios»…

Artículo 168: «Los municipios constituyen la unidad político primaria de la organización nacional, gozarán de personalidad jurídica y autonomía, la autonomía comprende:

1- La elección de sus autoridades.

2- La gestión en la materia de su competencia.

3- La creación, recaudación e inversión de sus ingresos.

Pues bien:

a) Las ciudades comunales (¿?) nacen de comunas y consejos comunales que no tiene como origen la elección directa, universal y secreta de sus órganos, que son los que constituyen las ciudades comunales. O sea, ellas serán producto de selección y/o elecciones de segundo, tercero y hasta cuarto grado.

b) El proyecto pone en manos de las ciudades comunales los órganos, atribuciones y competencias exclusivas de los municipios autónomos.

c) No tienen capacidad de crear impuestos, tasas, multas, etc.; por lo cual operarán y funcionarán con las «transferencias, delegaciones, subsidios, donaciones, de los municipios e incluso del poder público nacional (Poder Ejecutivo) que estará obligado a aprobar y financiar, de manera prioritaria, los proyectos presentados por las ciudades comunales.

¿Qué buscan con esta duplicación de órganos, estructuras y funciones que les dan en el proyecto? ¿Vaciar los concejos municipales autónomos de sus constitucionales y legales competencias y atribuciones? ¿Crear estructuras paralelas que obedecerán al poder central y las decisiones partidistas (PSUV)? ¿Preparar, como está señalado en la Exposición de Motivos y en varios artículos el transito al Estado Comunal y al socialismo?

Los vecinos, los ciudadanos, los demócratas, debemos derrotar –como ya los hicimos en el año 2007– estas pretensiones ilegales y totalitarias, uniéndonos en defensa de nuestro Estado democrático, social y de derecho como los dispone el artículo 2 de la CRBV de 1999.

¡Con mi municipio no te metas!

carlitos.municipio2019@gmail.com