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lunes, 3 de junio de 2024

Foro Hatillano #287. Los venezolanos en el exterior y la elección presidencial 2024. Lunes 3 de Junio de 2024. Foro Chat Vía WhatsApp.

 



LOS VENEZOLANOS EN EL EXTERIOR Y LA ELECCION PRESIDENCIAL 2024

 Resumen realizado por: Marielena Escalona Montesinos

 



 

Ponente: Jesús Castellanos Vásquez. 

Politólogo venezolano.

Profesor universitario.

Funcionario jubilado del CNE (1992-2016).

Consultor Electoral Internacional.

@jacv1970

 


 

   A modo de introducción, Jesús Castellanos afirma que el voto de los venezolanos fuera del país se estableció por primera vez en la Ley Orgánica del Sufragio de 1993 y luego incluído en la Ley Orgánica del Sufragio y Participación Política de 1997. Al año siguiente, por vez primera los venezolanos pudieron votar fuera de Venezuela en la elección presidencial de 1998, ya que el marco normativo establecía que la participación de los venezolanos en el exterior solo se puede dar en elecciones cuya circunscripción sea nacional: elección presidencial o consultas nacionales.

 

   En principio, el único requisito para poder inscribirse o actualizar los datos en el Registro Electoral (RE) fuera del país era la Cédula de Identidad (CI), conforme a lo establecido en la legislación y específicamente en la Ley Orgánica de Procesos Electorales (LOPE) que es la norma rectora de los procesos electorales en Venezuela; en esta ley está contemplado que el RE es contínuo tanto dentro como fuera del territorio nacional y que el único documento para efecto de la inscripción o actualización es la Cédula de identidad. Sin embargo, se introdujo un requisito adicional para los venezolanos en el exterior que deben demostrar una condición de legalidad, estableciendo así una distinción entre los venezolanos dentro y fuera de Venezuela restringiendo significativamente la posibilidad de inscripción y actualización en el RE de venezolanos en el exterior.

 

   Además, el Consejo Nacional Electoral (CNE) como ente rector de los procesos electorales, conjuntamente con las sedes diplomáticas que tienen la responsabilidad de atender las solicitudes de inscripciones y actualizaciones en el RE fuera de Venezuela, establecieron que la condición de legalidad se restringe a la "residencia definitiva" dejando de lado otras posibilidades.

 

   Es importante destacar que en el actual proceso en particular, comunidades de venezolanos organizados elevaron consultas a los Estados de los países de acogida a los fines de que se pronunciaran en cuanto a las condiciones de legalidad de los extranjeros; esta condición de legalidad no es solamente la residencia definitiva sino que también existen los permisos temporales por concepto de estudio o trabajo, la figura de la reunificación familiar, etc que también son consideradas como condiciones de residencia legal. Esta restricción ha significado una violación importante a los derechos políticos de los venezolanos en el exterior.

   Jesús Castellanos destacó que no solo la LOPE en su artículo 124 establece este requerimiento restrictivo sino también su Reglamento General en su artículo 26 que estipula restricciones al proceso de inscripción y actualización en el RE en el extranjero, a pesar de que la Constitución de 1999 contempla la Democracia Participativa y Protagónica como un derecho político.

 

   Adicionalmente, el CNE estableció que el RE fuera de Venezuela estaría cerrado durante 3 años desde el 2018, período que se extendió a 6 años cuando se realizaron las jornadas especiales para la elección presidencial de este año 2024, por lo que ningún venezolano en ninguna parte del mundo pudo inscribirse o actualizar sus datos fuera del territorio nacional. A juicio de Castellanos este hecho es muy grave y refleja un patrón desde el punto de vista de la violación de los derechos políticos. Por estas decisiones en la última consulta Nacional del 03 diciembre de 2023 no se permitieron nuevos inscritos ni actualizaciones ni tampoco el voto de venezolanos inscritos en el RE en el exterior.

 

   En marzo de este año fue convocada una elección presidencial y se abrió una "jornada especial" de inscripción y actualización en el RE. Existe preocupación por la importante brecha que existe de venezolanos que no están inscritos o no han actualizado, por parte de la Unión Europea (UE) y especialmente por los términos del Acuerdo de Barbados (2023) entre la oposición democrática y el gobierno. Esta "jornada especial" contempló un lapso de menos de 1 mes a pesar de que el RE en el exterior estuvo cerrado por 6 años.

 

   Con relación a las brechas en el RE, a sabiendas de que en Venezuela existen problemas estructurales desde el punto de vista de las cifras estadísticas debido, entre otras cosas, a la opacidad oficial, no se cuenta con información institucional sobre el país y se trabaja básicamente con estimaciones. Para citar un ejemplo, la organización SÚMATE, por medio de cálculos propios y algunas estimaciones de instituciones internacionales, sostiene que hay aproximadamente 10 millones de venezolanos que no están inscritos o no han actualizado en el RE de los cuales 4,2 millones corresponden a venezolanos en el exterior (3 millones no actualizados y 1,2 millones no inscritos). Con respecto a los no inscritos existe un problema adicional que tiene que ver con la Cédula de Identidad ya que no es posible obtenerla fuera del país. Todos estos elementos se suman a las capacidades limitadas de las sedes diplomáticas para enfrentar la creciente demanda para la inscripción o actualización en el RE.

 

   Lo ocurrido es muy grave porque el CNE no definió previamente las normas adicionales específicas que debían regular este proceso unidas a las ya estipuladas en la ley, ya que era la primera vez en 6 años que se iba a realizar la inscripción y actualización de electores con un sistema automatizado de verificación biométrica.

 

   No bastando con estas irregularidades, se supo que el proceso no comenzó en la fecha establecida que indicaba el cronograma electoral (18 de marzo); en el mejor de los casos comenzó 1 semana después y en otros hasta 3 semanas más tarde. Hubo retraso en todas las sedes diplomáticas.

 

   Uno de los requisitos que no fue previamente establecido fue la exigencia del pasaporte vigente documento que no es necesario para la inscripción ni para la actualización, tal como lo establece la LOPE y que además es un documento de difícil obtención para los venezolanos en el exterior. No conforme con esto, se les exigió "Constancia de residencia definitiva" con vigencia de por lo menos 1 año y cuya expedición tuviera un tiempo determinado, requisitos que no están establecidos en ningún marco legal y que produjo una restricción significativa del derecho de los venezolanos a inscribirse o actualizar sus datos en el RE para ejercer su derecho al voto en el exterior. Jesús Castellanos sospecha que estas trabas lograron los objetivos del gobierno.

 

   Más cifras: según SÚMATE, de los 4,2 millones de venezolanos en el exterior que podían inscribirse o actualizarse en el RE solo 6528 pudieron hacerlo (menos del 1%) de los cuales 6020 actualizaron sus datos y solo 508 son nuevos inscritos. Esto constituye, en opinión de Castellanos, una violación enorme desde el punto de vista constitucional, legal y de los Derechos Humanos. No solo es grave que el 25% del padrón está restringido en su derecho a participar en esta elección presidencial sino que además el CNE hizo una depuración en el Registro preliminar, no conforme a la ley, eliminando a los venezolanos inscritos en sedes diplomáticas no operativas como Estados Unidos y Canadá, decisión no contemplada en la LOPE como causal de depuración del RE.

 

   La cifra de venezolanos que votan fuera del país y que podrán participar en la elección presidencial de julio de este año es de 69 mil aproximadamente, cifra menor que la existente para la elección presidencial de 2018 que era de 107 mil. Todos estos hechos lesionan una parte fundamental del sufragio activo en Venezuela para ejercer el derecho al voto.

 

   Después de demostrar que los venezolanos en el exterior están significativamente limitados para el ejercicio de sus derechos políticos desde hace varios años, Jesús Castellanos sin embargo invita a participar a quienes sí pueden hacerlo en el exterior con el apoyo de la comunidad de venezolanos en el país de acogida. Además, invita a asumir el compromiso de estimular y apoyar a todos los venezolanos residentes en el país para que ejerzan su derecho al voto; ¡que no se quede nadie sin votar!

 

   Castellanos cree que hay que informar a los gobiernos, parlamentos, partidos políticos y medios de comunicación sobre lo que ocurre con esta elección, exigiendo mejores condiciones. Que el gobierno sepa que lo está observando el mundo entero, especialmente el mundo democrático.

 

   La invitación es a participar en la defensa de los derechos políticos bien sea siendo testigo, miembro de mesa, como elector informado y como promotor y defensor de la esperanza de cambio.

 

   Para finalizar, Jesús Castellanos sugiere que en un futuro de transición democrática en Venezuela será necesario un cambio normativo que elimine trabas para la inscripción y actualización en el RE en el exterior, se maneje institucionalmente el tema de las sedes diplomáticas y explorar la posibilidad de voto a distancia automatizado.

 

   Por ahora el principal reto es la promoción y la defensa del voto.


 La importancia del tema explica la nutrida participación de 265 ciudadanos a través de un chat de WhatsApp, en esta Edición No. 287 del Foro Hatillano.




Enlace para ver la presentación:

https://drive.google.com/drive/folders/1hgs-VQVQG3uA8PrWYVeqRZqvVVL-mWkz?usp=sharing


EL FORO HATILLANO NO SE HACE RESPONSABLE DE LAS OPINIONES EMITIDAS POR EL PONENTE.

lunes, 16 de octubre de 2023

Foro Hatillano#275. DERECHOS HUMANOS Y PRESOS POLÍTICOS EN VENEZUELA. Foro Chat via whatsapp. Lunes 16 de Octubre de 2023.


DERECHOS HUMANOS Y PRESOS POLÍTICOS EN VENEZUELA

Realizado por Marianela Escalona Montesinos.

 

 

Ponentes: Eduardo Torres. Abogado. Especialista en Derechos Humanos.

 Directivo de la Asociación de Profesores de la UCV. 

Integrante del equipo de PROVEA. Alberto Maimone. Abogado. 

Msc en Criminalística. Juez Penal accidental. Locutor y Luchador Social.

 


 

   EDUARDO TORRES.

   Torres explica que los Derechos Humanos son un conjunto de atributos, prerrogativas, derechos y libertades fundamentales, posibilidades de ser, hacer y tener lo necesario para disfrutar una vida digna. La Declaración Universal de Derechos Humanos reconoce 30 derechos entre los que se encuentran los económicos, sociales, culturales, ambientales además de los derechos civiles y políticos como la integridad personal, la libertad, la justicia, etc.

 

   A juicio de Eduardo Torres, a mayor vulneración de estos derechos por parte de los gobiernos mayor es la cantidad de presos políticos en esos países ya que las personas exigen sus derechos mediante la protesta. Este es el caso de Venezuela que tiene más de 20 años en resistencia por la exigencia de sus derechos vulnerados y cuando la resistencia es grande los gobiernos incurren en Delitos de Lesa Humanidad.

 

   Un Crimen de Lesa Humanidad se expresa como una política sistemática y contínua contra la población civil, donde los perpetradores están conscientes de la comisión del ataque y de la política. Son varios los actos subyacentes enmarcados en los Crímenes de Lesa Humanidad como, por ejemplo, la persecución y el encarcelamiento de la disidencia. En Venezuela se conoce la teoría y la práctica de lo que es la vulneración de los Derechos Humanos (DDHH). y de lo que son los Crímenes de Lesa Humanidad.

 

   El Derecho Penal Internacional es el orden normativo que busca prevenir y castigar este tipo de crímenes y en Venezuela muchos de estos mecanismos están activos; tal es el caso del Sistema Interamericano, la Oficina del Alto Comisionado para los DDHH, la Misión de Determinación de Hechos designada por el Consejo de DDHH y la Corte Penal Internacional cuya fiscalía adelanta una investigación contra autoridades civiles y militares en Venezuela.

 

   La resistencia de la población venezolana por la defensa de los DDHH debe continuar; se tiene el apoyo de la comunidad internacional y según Torres, lo que hace falta es mayor unión y solidaridad y la comprensión de que los DDHH son de todos.

 

   En Venezuela no existe un sistema de justicia autónomo, independiente e imparcial según lo afirman muchas organizaciones internacionales de DDHH. Lamentablemente, la criminalización de la disidencia y el encarcelamiento de dirigentes y ciudadanos ocurren en todos los ámbitos. Eduardo Torres ha monitoreado y documentado estas prácticas en el sector laboral venezolano, tanto a dirigentes como a trabajadores, a través del Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (PROVEA) . Igualmente, otras instituciones abordan el estudio de esta problemática. Los documentos emanados de estos estudios dejan una enseñanza del camino a seguir: documentar, denunciar y visibilizar los casos de quienes están encarcelados en la búsqueda de la justicia.

 

   Torres ratifica lo expresado por las 2 relatorías de la ONU (relatoría del derecho a la libertad de asociación y la relatoría por el derecho a garantías en los juicios por terrorismo) debiendo revisar la sentencia de acuerdo a los estándares de DDHH, y que en el país cese el uso crónico de la legislación de terrorismo contra los defensores de DDHH. Peticiones similares se han hecho desde diferentes organizaciones internacionales que tratan el tema de DDHH.

 

   Aunque es entendible que muchas familias de presos políticos opten por silencio, éste genera mayor impunidad y no hay garantía de que la situación mejore por lo que se debe instar a los afectados a denunciar sus casos.

 

   Eduardo Torres aboga por el rescate del país para una vida libre y digna para todos.

 

   ALBERTO MAIMONE.


   Los DDHH tienen que ver con el respeto a la dignidad inherente al ser humano; toda persona merece respeto independientemente de su condición social, tendencia política o religiosa o cualquier otra condición enmarcada en la buena convivencia.

 

   Las conquistas en materia de DDHH son de vieja data: en el siglo XIII se logró limitar los poderes absolutos de un rey en Inglaterra, la Revolución Francesa dejó el legado de la creación de un Estado Social de Derecho y de Justicia y la separación de los poderes públicos, en Estados Unidos la Declaración de Virginia dio lugar a la Constitución de ese país y algunos casos más. A partir de la II Guerra Mundial se presentó la necesidad de hacer una Declaración Universal de 30 derechos y se creó la ONU como sistema para la protección de los mismos.

 

   A nivel regional y bajo el Pacto de San José, se creó un sistema con estos temas al cual Venezuela se suscribió y además la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela contempla la premisa de la protección de los DDHH en sus artículos 22 y 23.

 

   Existen además otros enfoques regionales tales como la Convención Europea de DDHH y su tribunal, la Organización de Cooperación Islámica y la Declaración de El Cairo sobre DDHH en el islam, los cuales reflejan diversos enfoques en cuanto a la cultura y los valores de cada civilización en sus sistemas de protección de los DDHH. De igual modo ocurre con la Carta Africana de DDHH y de los Pueblos que evidencia la influencia de aspectos culturales, religiosos y de valores de cada sociedad para traducirlos en un sistema jurídico de protección de los derechos del hombre y la mujer.

   La civilización occidental tuvo una gran influencia en el mundo a través de sus formas imperiales por la colonización de América, buena parte de Asia, algunos países del Medio Oriente y África.

 

   Actualmente hay una nueva dinámica en las Relaciones Internacionales, con China posicionándose e influenciando en lo económico y lo político, al igual que Rusia, buscando un rol protagónico. Otros países han venido haciendo alianzas bajo la plataforma BRICS (Brasil, Rusia, India, China y Sudán) creando una fuerza geopolítica, militar y económica importante que busca influenciar el mundo occidental. Esta influencia afecta directamente las instituciones de los países y en consecuencia a su sistema de protección de DDHH dentro de la dinámica social y política de algunos países como Venezuela.

 

   Alberto Maimone afirma que estos países del BRICS, con enfoques diferentes en valores, se han unido para influenciar al mundo occidental y debido a la debilidad de las instituciones venezolanas, esta influencia está generando un caos que favorece a los sectores dominantes para ejercer la represión y mantenerse en el poder sacrificando la prosperidad del pueblo y los valores inherentes a los DDHH en sus sistemas de protección.

 

   Han ocurrido ataques generalizados y sistemáticos a la población a través de privaciones de libertad, persecuciones y diferentes acciones que generan miedo, exclusiones, exilios forzosos, etc, hechos que han sido reflejados en diversos informes de organismos del sistema de protección de DDHH.

 

   La sociedad venezolana es vulnerable pues padece múltiples problemas de salud, educativos, económicos, etc, siendo la situación más difícil para los presos políticos y sus familias. Alberto Maimone opina que la primera exigencia como sociedad es la libertad de los presos políticos bajo la fórmula de la Amnistía o cualquier otra prevista en la Constitución. Se debe comenzar a desescalar el conflicto e iniciar el reconocimiento de los venezolanos entre sí para buscar la oportunidad de un cambio para mejor. La defensa de los DDHH es una herramienta fundamental y poderosa como método de lucha y así lograr el cambio de sistema político a la Democracia, con alternabilidad del poder, respeto a las minorías y a los DDHH, para que Venezuela se inserte en el siglo XXI y que las nuevas generaciones puedan hacer una vida digna en Venezuela.

 

La importancia del tema explica la nutrida participación de 211 ciudadanos a través de un chat de WhatsApp, en esta Edición No. 274 del Foro Hatillano.


Enlace para ver la presentación:

https://drive.google.com/drive/folders/14EZX9FJaw9QY2Pg2AdOBbtKIoI9cLIK9?usp=sharing



EL FORO HATILLANO NO SE HACE RESPONSABLE POR LAS OPINIONES EMITIDAS POR LOS PONENTES

lunes, 2 de octubre de 2023

Foro Hatillano#274. HABLEMOS DE DISCAPACIDAD. Foro Chat Via Whatsapp. Lunes 02 de Octubre de 2023.




HABLEMOS DE DISCAPACIDAD

 Por Marianela Escalona Montesinos.



 

Ponente: Lic. Eneida Useche. Farmaceuta. 

Directora de Atención a Personas con Discapacidad de la Alcaldía de Zamora (Estado Miranda). 

Fundadora de la AC Caminando y Construyendo Sociedad Inclusiva. 

Defensora de Derechos Humanos de las Personas con Discapacidad.

 


 

   ¿Se nace con Discapacidad o se adquiere una Discapacidad? En ambos casos la respuesta es afirmativa. Desde que existe la humanidad existe la Discapacidad y lo que ha cambiado es el contexto social a través del tiempo.

 

   Existen 3 modelos para abordar este tema cada uno de los cuales está enmarcado en un contexto legal y jurídico:

   .-Modelo de la Prescindencia desde la prehistoria hasta la edad media. Las Personas con Discapacidad eran consideradas como una carga y eran abandonadas porque retrasaban los procesos de desplazamiento de las tribus. Llegaron a considerarse un "castigo de Dios" y eran llamados dementes, paralíticos, etc.

   .Modelo Médico Rehabilitador: prevaleció en el siglo XX. Los soldados sobrevivientes de la II Guerra Mundial con amputación de algún miembro o con pérdidas visuales o de otra índole, fueron atendidos por la ciencia médica para procurar que siguieran siendo útiles a la sociedad, sometiéndose a un proceso de rehabilitación considerado en ese entonces que la Discapacidad era una enfermedad que podía curarse.

   .Modelo Social actual en el que la Discapacidad emerge en la sociedad.

 

   Marco jurídico nacional e internacional:

      Desde el Modelo Social, la Discapacidad emerge y se convierte en un problema de todos, por lo que se crearon diferentes entidades, leyes y reglamentos para ayudar a este colectivo en la defensa de sus derechos.

   Particularmente en Venezuela, en 1994 se creó el primer organismo destinado a la defensa de los derechos de las Personas con Discapacidad y la ley vigente para entonces se llamaba "Ley para la Integración de las Personas Incapacitadas"; para el año 2006 la ONU creó la Convención sobre los Derechos para las Personas con Discapacidad y en la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (1999) aparece por primera vez el término "Persona con Discapacidad". En 2007 se promulgó la Ley para las Personas con Discapacidad hoy vigente y en el presente año se han aprobado 2 leyes en este contexto: Ley para los Trabajadores y Trabajadoras con Discapacidad y Ley de Atención Integral y Protección para las Personas con Trastornos del Espectro Autista (TEA9 y Condiciones similares.

 

   ¿Qué es Discapacidad desde el punto de vista del Modelo Social?

       Es el resultado de la interacción entre las limitaciones funcionales de carácter mental, físico, sensorial o intelectual que pueden restringir la participación plena y efectiva en la sociedad de una Persona con Discapacidad, en igualdad de condiciones con los demás, debido a las barreras propias del entorno y actitudes de particulares.

   "No es un atributo único de la persona situada en los déficits del cuerpo, en tanto que no son las limitaciones individuales de las Personas con Discapacidad la causa del problema, sino las limitaciones de la sociedad para prestar los servicios apropiados para garantizar que las necesidades de esas personas sean tenidas en cuenta dentro de la organización social. Esto no supone negar el aspecto individual de la Discapacidad, sino enmarcarlo dentro del contexto social" (Convención de los Derechos Humanos para las Personas con Discapacidad).

 

    El art.6 de la Ley para las Personas con Discapacidad, las define como "toda persona que por causas congénitas o adquiridas presenten alguna disfunción o ausencia de sus capacidades de orden físico, mental, intelectual, sensorial o combinaciones de ellas, de carácter temporal, permanente o intermitente, que al interactuar con diversas barreras le impliquen desventajas que dificulten o impidan su participación, inclusión e integración a la vida familiar, social, educativa o laboral, así como el ejercicio pleno de sus Derechos Humanos en igualdad de condiciones con los demás.

 

   En conclusión, la expresión "Persona con Discapacidad" es la única que goza de reconocimiento oficial y social para todos los organismos públicos o privados.

 

   Tipos y Grados de Discapacidad según la legislación venezolana:

      Tipos:

         .-Discapacidad mental, intelectual o psicosocial tales como Síndrome de Down, Déficit Cognitivo, Autismo, etc.

         .-Discapacidad neuromusculoesquelética, motora o físico motora tales como Parálisis Cerebral, ausencia de miembros superiores o inferiores, hemiplejias, etc.

         .-Discapacidad visual como la ceguera.

         .-Discapacidad auditiva como la sordera.

         .-Discapacidad múltiple cuando se está ante la presencia de 2 o más tipos de Discapacidad en una persona.

 

      Grados:

         .-Leve o grado I

         .-Moderado o grado II

         .-Severo o grado III

 

   Esta diferenciación ayuda a ubicar las capacidades de las personas o el nivel de ayuda que necesita. El Ministerio del Poder Popular para la Salud a través del Programa de Salud Integral para las Personas con Discapacidad y el Consejo Nacional para las Personas con Discapacidad (CONAPDIS) son los entes que clasifican y certifican el tipo y grado de la Discapacidad de una persona otorgándoles un carnet dónde se indica el tipo de Discapacidad (mental, intelectual o mental psicosocial) la Discapacidad específica y el grado de la misma. Asimismo, en los datos reflejados en el carnet aparece un número de teléfono de contacto del familiar cuidador. Este carnet además de garantizar los Derechos de ley es una identificación fundamental para estas personas.

 

   ¿Qué se puede hacer?

      Es muy importante el uso de la terminología inclusiva: persona usuaria de silla de ruedas, persona con movilidad reducida, persona con discapacidad visual, persona con discapacidad auditiva, persona con ausencia de miembros superiores o inferiores, persona con autismo, etc.....no olvidar que son PERSONAS...

 

   Además, La Lic. Eneida Useche resalta que se debe hacer un uso correcto de los puestos para vehículos destinados a Personas con Discapacidad, respetar las vías de acceso destinadas para ellos, dar capacitación acerca de este tema tan importante desde la escuela para sensibilizar a la población, brindar oportunidades laborales, respetar las ayudas técnicas como el bastón o la silla de ruedas, y, en general, respetar todo lo que forma parte de la vida de una Persona con Discapacidad, acompañándola en su difícil proceso y construyendo un entorno social de apoyo para el proceso de inclusión del que todos forman parte...Construir entre todos una sociedad inclusiva.

 

Para más información:

Lic. Eneida Useche.

0424 1305919

usecheeneida@gmail.com

AC Caminando y Construyendo Sociedad Inclusiva.


La importancia del tema explica la nutrida participación de 279 ciudadanos a través de un chat de WhatsApp, en esta Edición No. 274 del Foro Hatillano.

 


Enlace para ver la presentación:

https://drive.google.com/drive/folders/1fEqCybKmVows3drgx9H0IP-6TWr-l__z?usp=sharing



EL FORO HATILLANO NO SE HACE RESPONSABLE POR LAS OPINIONES EMITIDAS POR EL PONENTE.